Incrementan penas por secuestros

David Vicenteño   03/06/2014

Incrementan penas por secuestros

Incrementan penas por secuestros

David Vicenteño

El secuestrador que prive de la vida a su víctima será castigado con una pena de 80 a 140 años de prisión y 12 mil a 24 mil días de salario mínimo como multa, a partir de este miércoles 4 de junio.

Con esa fecha entran en vigor las reformas a la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro y al Código Penal Federal, publicadas en el Diario Oficial de la Federación.

Las modificaciones legales duplican las sanciones a quienes cometan el delito de privación ilegal de la libertad, para quedar con una sanción mínima de 80 años de prisión y de mil a cuatro mil días de salario mínimo con multa, en este caso se incluye la modalidad del secuestro exprés.

Quien realice un secuestro y haya sido integrante de alguna Institución de Seguridad Pública, de Procuración de Justicia, Fuerzas Armadas Mexicanas o se ostenten como tales sin serlo, recibirá una sanción de 50 a 100 años de prisión y de ocho mil a 16 mil días multa.

La sanción será de 50 a 90 años de prisión y de cuatro mil a ocho mil días multa para los casos en donde la víctima sea un menor de 18 años o mayor de 60 años, mujer embarazada, y que el secuestro se cometa por dos o más personas o que sea con violencia.

En el decreto de Reformas aproadas por el Congreso de la Unión, publicado este martes en el Diario Oficial de la Federación, se indica que si la víctima es liberada dentro de los tres días siguientes al plagio, sin que se hayan presentado agravantes del delito, la sanción será de cuatro a 12 años de prisión y de 100 a 300 días multa.

El servidor público que se abstenga de denunciar ante el Ministerio Público o, en caso de urgencia, ante la policía, la comisión de un secuestro o sus agravantes, recibirá una pena de nueve a 26 años de prisión y de 400 a dos mil días de multa.

En los casos en donde el secuestrado sea víctima de una lesión, la pena para los culpables será de 18 a 32 años de cárcel y de 600 a mil días de salario mínimo como multa.

Para estos casos se indica en la publicación que a los sentenciados se les colocará un dispositivo de localización y vigilancia hasta por cinco años posteriores a su liberación.

Cuando se trate de un secuestro simulado, el responsable será sancionado con una pena de 200 a 600 jornadas de trabajo a favor de la comunidad.

La reforma al artículo 25 del Código Penal Federal indica que el límite máximo de la duración de la pena de privación de la libertad, hasta por 60 años, no aplica para las sanciones estipuladas en la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro.

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